NOÉ RAMÓN
SANTA CRUZ DE TENERIFE
Hoy acaba el plazo de tres meses legalmente estipulado para que el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife decida si acepta la propuesta de Inversiones Las Teresitas (ILT) para resolver el conflicto generado con la operación de compraventa del frente de la playa. La respuesta de la Corporación local hasta la víspera de cumplirse el plazo no se ha producido, con lo cual se da por casi seguro que el contencioso entrará ahora en la vía civil. De esta manera podría tardar hasta diez años en resolverse.
Fuentes judiciales relacionadas con la empresa de Ignacio González y Antonio Plasencia señalaron ayer que durante este tiempo no ha existido ni la mínima contestación por parte de la Corporación local para posicionarse sobre la reclamación previa a la vía civil interpuesta el pasado 7 de junio.
No hay ninguna constancia tampoco de que el Ayuntamiento haya procedido a dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo (TS) que obliga a comunicar al Registro de la Propiedad la anulación de la operación de compraventa del frente de la playa. En este mismo fallo se remite el contencioso al ámbito civil con el fin de determinar las consecuencias y alcance de la decisión judicial que anuló la operación de compraventa suscrita entre el Ayuntamiento e ILT en el año 2001 por 52,5 millones de euros. El equipo de abogados de Plasencia y González acusaron ayer al Ayuntamiento de "estar jugando al escondite" con este asunto.
Irregularidad
Para ILT no cabe ninguna duda de que la Corporación local cometió una irregularidad en el procedimiento administrativo que "contamina todo el contrato en sus tres elementos esenciales como son el consentimiento, el objeto y la causa lo que da lugar a que el contrato sea declarado nulo". Los abogados de Plasencia y González cuantifican en casi 16 millones de euros la cantidad precisa para zanjar este contencioso. En este reclamación previa se deja claro que no les es exigible la devolución del precio percibido ni de sus intereses.
Estas cantidades se desglosarían en casi cinco millones de euros correspondientes a la totalidad de los intereses aplicados sobre la diferencia entre el precio de las parcelas 52,5 millones y el valor que ellos consideran real y que cifran en 63,4. En daños y perjuicios, las cantidades fijadas se elevan a 138.000 euros, correspondientes a los gastos, costos, daños y sus intereses sufridos por ILT como parte vendedora a consecuencia de la compraventa anulada. En el texto de la reclamación previa ya se advertía que en caso de que no se atendieran sus reivindicaciones en el plazo de tres meses "procederá el ejercicio de las acciones civiles en ejecución de la nulidad sentada por el Supremo. Y en ambos supuestos, tanto si atiende esta reclamación previa, como si se hace necesario pedir el auxilio judicial, corresponderá, además, la interposición de la pertinente Reclamación de Responsabilidad Patrimonial al Ayuntamiento, por, en este caso, su funcionamiento anormal".
ILT divide por un lado lo que es la reclamación principal, fundamentada en la ilicitud del contrato, "sólo imputable al Ayuntamiento, y por tanto, sin obligación de esta parte de devolver lo recibido". ILT reclama la devolución de los terrenos entregados aunque seguido añaden que al ser esto imposible "procederá la restitución de su valor". Subsidiaria mente piden que el Ayuntamiento entregue el valor de las fincas al tiempo de su pérdida con los frutos percibidos, intereses e indemnización de daños y perjuicios, ofreciendo por su parte la devolución del precio, mediante su compensación con las cantidades que debe entregar el Ayuntamiento. En este caso ILT recibiría un total de 16 millones de euros más, a parte del precio cobrado en su momento.
La sentencia que anuló la operación de compraventa data del año 2007. Posteriormente, el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) emitió un auto por medio del cual consideraba que la manera de cumplir con esta sentencia era realizar una nueva tasación para ver el valor real de las parcelas, teniendo en cuenta los beneficios obtenidos con la venta de Las Huertas. Sin embargo, esta ejecución de la sentencia fue anulada recientemente por el mismo Supremo que apuesta por acudir a la vía civil si no existe un acuerdo previo entre las partes.