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Sentencia

El Consorcio Sanitario de Tenerife es condenado a pagar casi 53.000 euros por impedir operar a un cirujano del HUC

 12:39  
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El Juzgado de lo Social número cinco de Santa Cruz de Tenerife ha condenado al Consorcio Sanitario de Tenerife (CST) a pagar un total de 52.705,70 euros a un cirujano cardíaco del Hospital Universitario de Canarias (HUC), por considerar "injustificada" la prohibición para poder realizar guardias y practicar la actividad quirúrgica, según informó hoy en un comunicado la Asociación del Defensor del Paciente.

EUROPA PRESS Según detalló el magistrado en la sentencia, "no fueron criterios médicos los que justificaron esta decisión que se prolongó durante varios meses", por lo que condenó al Consorcio Sanitario por "impedir, sin razones válidas, a este profesional operar en el Hospital Universitario de Canarias".

En función a los hechos, la GST, tras formular el citado cirujano una serie de denuncias sobre el funcionamiento del Servicio de Cirugía Cardíaca del HUC, aprobó un decreto en el que se acordaba "la apertura de un expediente disciplinario" al médico por "incidentes en la guardia de los días 28 y 20 de mayo de 2005, los comentarios de las historias clínicas de dos pacientes y por diversos comentarios hechos a pacientes o familiares de los mismos en desprestigio de otros facultativos de su mismo servicio".

"EXAGERADA MORTALIDAD"

Asimismo, según explicó el Defensor del Paciente, "se da la circunstancia de que anteriormente el doctor del HUC había denunciado ante esta Asociación la 'exagerada' mortalidad en el seno del Servicio de Cirugía Cardíaca, por lo que se solicitó una investigación a la Fiscalía de Canarias por esta razón". "Como consecuencia de estas denuncias --continuó-- el CST le expedientó y sancionó cometiendo con él la misma persecución que está habiendo con los médicos del Hospital Virgen del Rocío de Sevilla por sus declaraciones en el caso 'Puerta', y con otros médicos que han denunciado casos similares".

Por último, la sentencia establece que el Hospital Universitario de Canarias "incurrió en un apartamiento injusto y desproporcionado, un tipo de comportamiento que los peritos psicológicos calificaron en los informes en la vista oral del juicio como 'Mobbing' o 'acoso psicológico' en el trabajo".

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