Las incongruencias de la sentencia del ´caso Tebeto´

Las extrañas alabanzas del juez Gómez Cáceres

 
Montaña de Tebeto, en La Oliva, Fuerteventura.
Montaña de Tebeto, en La Oliva, Fuerteventura. la opinión
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La tasación de Canteras Cabo Verde que llevó al Tribunal Superior de Justicia de Canarias a fijar la mayor indemnización a una empresa privada que van a tener que pagar los contribuyentes multiplicó hasta por cien el valor real de las piedras de Tebeto. Así lo han dejado claro dos informes recientes del Gobierno canario. Sin embargo, el juez que dictó sentencia calificó el polémico informe de "minucioso", "coherente" y "sólido". No es la única incongruencia de la 352/08.

DANIEL MILLET | SANTA CRUZ DE TENERIFE Extenso y minucioso". "Hace gala de una coherencia, solidez y exhaustividad tales que su contenido convenció cabalmente a esta Sala". "Con pleno alcance probatorio". "Un completo estudio de la situación, que se plasma, en términos comprensibles y con notable redacción, en decenas de páginas, comprensivas de esclarecedores apuntes, todos metodológicamente ordenados y acompañados de precisas explicaciones, cuadros y estimaciones".

Estos son algunos de los halagos que dedicó el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), Francisco José Gómez Cáceres, a la polémica tasación de Canteras Cabo Verde de la que se valió el mismo juez para dictaminar, en sentencia firme 352/08 de julio de 2008, la mayor indemnización a una empresa privada que va a tener que pagar el Gobierno de Canarias en toda su historia. Lo curioso no es sólo la grandilocuencia de los adjetivos de Gómez Cáceres, ni el hecho de que esta valoración de la parte demandante del caso Tebeto fuera la única tenida encuenta para determinar la cuantía, sino que dos informes presentados recientemente por el Gobierno la dejan totalmente en entredicho. El "extenso" y "coherente" informe de Canteras Cabo Verde multiplicó hasta por cien, según esas últimas tasaciones, el valor real de las piedras de la montaña. O sea que, si no lo impide el Tribunal Supremo, los canarios van a tener que poner del dinero de sus impuestos al menos 103 millones de euros por algo que a lo sumo valía 1,5 millones.

Los calificativos han sorprendido a quienes han leído la sentencia, pieza clave en esta larga historia de más de 25 años de despropósitos que ha desencadenado el escándado Tebeto. El propio presidente del Grupo Parlamentario de CC, José Miguel González, admitía esta semana que le extrañaron los parabienes del juez, sin querer ir más allá. Pero hay más contenidos "discutibles" en la 352/08, según expertos juristas consultados por este diario. En el fundamento séptimo, el magistrado pone en tela de juicio un auto del 6 de mayo de 2006, del mismo TSJC, por el que rechaza una petición de Canteras Cabo Verde de mantener el derecho de explotación pese a la entrada en vigor del Plan de Ordenación de Fuerteventura, que prohíbe toda actividad extractiva en Tebeto. Dice Gómez Cáceres en julio de 2008: "(...) lo correcto, por mil motivos, hubiese sido haber zanjado entonces la cuestión...". ¿Mil motivos? ¿Cuáles? "Es inaudito en una sentencia de esta envergadura que se deslicen estas imprecisiones", creen los expertos.

Pero hay más alrededor de un caso en el que tanto el Gobierno de CC y PP como la oposición socialista han dirigido su indignación precisamente hacia la labor de la Justicia, aparte de la deficiente estrategia de los servicios jurídicos del Gobierno, que partieron de la base de que no había que pagar nada, en vez de tratar de pagar lo menos posible. El Gobierno denunció, a través del mismo consejero de Presidencia y Justicia, José Miguel Ruano, que el TSJC le impidió presentar una tasación alternativa a la de Canteras Cabo Verde. El PSC no ha ido por esta vía y, de hecho, la ha criticado. Incluso ha acusado a Ruano de "mentir" porque el Ejecutivo "nunca hizo nada cuando debía hacerlo" para elevar un contrainforme. Lo que sí denunció el portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Santiago Pérez, es que Gómez Cáceres se tenía que haber inhibido del proceso por su "notoria amistad" con Rafael Bittini, el propietario de Canteras Cabo Verde.
Otro fundamento en el que los expertos ven "un grave error" es el octavo. El juez atribuye la responsabilidad de los daños y perjuicios que reclama la empresa demandante "a las resoluciones dictadas durante el siglo pasado", sobre todo a la decisión del Gobierno de Saavedra, en 1993, de dar por caducados los derechos reclamados por Canteras Cabo Verde sobre varias cuadrículas de Montaña Tebeto. Entonces, añade la sentencia: "(...) pero, también, a las modificaciones que en 2001 el propio Gobierno de Canarias introdujo en el planeamiento urbanístico de Fuerteventura, concretadas en la prohibición de la extracción de áridos en la zona objeto de la concesión". Las fuentes consultadas aclaran que es el Cabildo de Fuerteventura y nunca el Ejecutivo el responsable del planeamiento insular.

Hay un momento en que la sentencia arroja luz sobre cuál fue el paso más importante, de todos los dados desde que comenzó el caso en 1982, para que la empresa de Bittini pudiera cobrar la indemnización multimillonaria sin mover una sola piedra en Tebeto: la "inefable" decisión de la Consejería de Industria y Energía del Ejecutivo canario, de 18 de noviembre de 2004, de otorgar los derechos de explotación a Canteras Cabo Verde, atendiendo a una sentencia de 1998 confirmada por el Supremo, que no fue recurrida incomprensiblemente y sin medir el verdadero valor de lo demandado. Aquí está la razón por la que Santiago Pérez nombró al clan Soria como parte destacada de todo este desastre: Luis Soria, el hermano de José Manuel Soria, era consejero del área aquel noviembre de 2004 y el autor del polémico informe que presentó Bittini es el ingeniero Antonio López Pérez, tío del líder del PP de Canarias.

Otro detalle "grave" para quienes conocen el farragoso proceso se halla en que la sentencia no habla de las razones por las que el Gobierno de 1993 dio por caducada la solicitud de Bittini de una concesión directa de explotación. "El juez pasó por alto todas las negligencias de Bittini en la petición del derecho de explotación. Y, peor, en 1982, cuando pidió el permiso de investigación, el Ministerio de Industria y Energía se lo dio a él como empresario, no a Canteras Cabo Verde, pues no estaba constituida todavía la empresa. Por nungún lado figura un acto de cesión de ese permiso a la empresa".

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