El SCS pagará 900.000 euros a las gemelas separadas por error

La Consejería regional recurrirá la sentencia ya que considera "responsable" al Gobierno central

 
Una enfermera atiende a un bebé en una incubadora.
Una enfermera atiende a un bebé en una incubadora. la opinión

BELÉN MOLINA-EFE | SANTA CRUZ DE TENERIFE-LAS PALMAS El juzgado de lo contencioso-administrativo 3 de Las Palmas de Gran Canaria ha condenado al Servicio Canario de Salud (SCS) a indemnizar a las hermanas gemelas que fueron separadas por error al nacer en el antiguo Hospital del Pino, en la capital grancanaria, en 1973. Además de a las dos afectadas, la sentencia obliga a indemnizar a otras dos personas: la madre biológica de las gemelas y la mujer que le fue entregada como hija, sin serlo. En total deberá pagar 900.000 euros. Sin embargo, la Consejería canaria de Sanidad afirmó ayer en un comunicado que recurrirá la sentencia ya que considera responsable de los hechos al Gobierno de España, titular de las competencias de Sanidad cuando ocurrió esta separación.
Sebastián Socorro, el abogado de la gemela que se crió sin conocer a su hermana, solicitaba para su clienta 3.000.000 de euros por daños morales, pero en la estimación parcial del recurso se rebaja esta cifra a 360.000 euros, una cantidad que "nos ha dejado un sabor agridulce", dijo Socorro ayer, "porque, a pesar de que el daño moral que ha sufrido mi patrocinada es incalculable, 360.000 euros es una cifra por daños leves".
"No comparto que sean daños leves porque a esta mujer se le ha privado de crecer con su hermana, se ha alterado toda su infancia, adolescencia y juventud y se le ha privado de conocer a su verdadera familia. También se le privó de tener un tratamiento alternativo cuando le fue diagnosticada una leucemia galopante", añadió. El letrado presentará antes de 15 días un recurso contra el fallo ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, al igual que hará la Consejería de Sanidad por la parte contraria.
Las dos hermanas gemelas presentaron recurso por separado para que se declarase la responsabilidad patrimonial de la Administración. Tres de las afectadas solicitaban 360.000 euros, pero el fallo estima una indemnización de 180.000, más 360.000 para la cuarta afectada.
El SCS manifestó en el juicio que la asistencia sanitaria fue en todo momento la correcta, pese a que quien era jefe del Servicio de Pediatría en 1973 en el Hospital del Pino reconoció que el expediente de las gemelas durante su estancia en el centro sanitario no estaba bien cumplimentado y faltaban campos por rellenar, "lo que confirma las alegaciones de las recurrentes sobre el funcionamiento defectuoso del servicio público", se dice en el fallo judicial.

Hace 36 años. Por su parte, la Consejería de Sanidad recordó en un comunicado emitido ayer tras conocer la sentencia que "este hecho ocurrió en marzo de 1973" y señaló que "las competencias en materia sanitaria en aquel año eran del Gobierno de España, ya que las transferencias en materia sanitaria en Canarias se llevaron a cabo en el año 1994". Por ello, "la Consejería va a apelar la sentencia", según destaca en su nota.
En el mismo comunicado la Consejería también resalta que, en todo caso, no deja de "lamentar a nivel humano un hecho de esta naturaleza", y añade que "la posición de la Consejería de Sanidad ha sido siempre la del respeto a la justicia y la de facilitar su labor", pese a lo cual no comparte la decisión adoptada por la jueza Palenzuela.

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