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HEMEROTECA » |
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Ilmo. Sr.: Funcionario de carrera con 30 años de servicio en el Excmo. Cabildo de Tenerife, con 43 años cotizados a la Seguridad Social, acogido al Plan de Jubilaciones Anticipadas en junio de 2005, vengo presentando desde mayo de 2006 reiterados escritos reclamando una justa interpretación del párrafo B del mencionado plan, así como el abono de los incrementos del IPC que la ley de Presupuestos Generales del Estado aprueba cada año, fijando el previsto para el año entrante y corrigiendo el del año anterior, que la Seguridad Social abona a los pensionistas en la llamada paga única de enero.
El pasado 13 de agosto de 2009 el Área de RRHH del Excmo. Cabildo se ha dignado contestarme:
1º) Negándome el abono de las diferencias entre la inflación real y la prevista durante los años 2006 a 2008, pues dicen, no estar previsto en el Plan de Jubilaciones Anticipadas.
El mencionado plan dice "[...] el Cabildo abonará un complemento de pensión, respecto de la que le hubiere correspondido de jubilarse a los 65 años de edad".
De jubilarme a los 65 años me hubiese correspondido una pensión de 14 pagas íntegras más la paga única de enero (íntegra) que corrige la diferencia del IPC del año finalizado.
2º) Aceptando solo parcialmente mi interpretación del párrafo B del Plan de Jubilaciones Anticipadas, a pesar de que en distintos escritos tanto el Presidente de la Junta de Personal, como las Organizaciones Sindicales e incluso la Junta de Personal en sesión ordinaria celebrada el 16 de mayo de 2008, me dan la razón por unanimidad.
En los próximos días presentaré un Recurso de Alzada sobre estos dos temas.
Espero que su recto proceder corrija estas injusticias.Atentamente.
PD: Permítame darle un consejo de amigo: Meta en vereda a esos chicos/as de RRHH, pues el talante que muestran con sus compañeros activos y pasivos puede que le esté costando muchos votos.
Salvador Pérez Regalado
(Santa Cruz de Tenerife)
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