N.R. | SANTA CRUZ DE TENERIFE
El Tribunal Supremo (TS) ha emitido una sentencia por medio de la cual obliga a las consejerías de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno de Canarias y al Instituto Canario de Formación y Empleo (Icfem) a pagar un millón de euros a las dos empresas aseguradoras del telescopio hispano-alemán Hegra situado en el Roque de Los Muchachos.
Los hechos se remontan al mediados del mes de octubre del año 1997 cuando se estaban realizando unas prácticas sobre extinción de incendios en el marco del curso Trabajador Forestal Cualificado, organizado por las instituciones mencionadas más el Ayuntamiento de Garafía.
Rastrojos. En aquel entonces se procedió a una quema de rastrojos ordenada a varios alumnos del curso por el director que en aquel momento era jefe de la Unidad Insular de Medio Ambiente en La Palma. El Supremo da por confirmado que esta actividad no se llevó a cabo "con las mínimas condiciones de seguridad, dando lugar a que el fuego se extendiera rápidamente y afectara a las instalaciones del telescopio Hegra, originado cuantiosos daños en éstas".
Durante el proceso judicial que ha durado doce años, quedó en su momento fuera de toda culpabilidad el Ayuntamiento de Garafía en cuanto se consideró que tan sólo ejercía una función "meramente auxiliar". En todo momento el fallo arremete contra la "negligente actitud" del jefe de Medio Ambiente en la isla al que responsabiliza de lo ocurrido, sin descartar también que hubo "un nexo casual". Los terrenos donde se produjeron los hechos habían sido cedidos en concesión temporal al Astrofísico y el origen de los daños se localiza según el Supremo " en la falta de adopción de las pertinentes medidas de seguridad", especialmente por parte del funcionario que ejercía como profesor de las prácticas. Pero es que se responsabiliza de la actitud del funcionario a la Administración a la que se imputa "no sólo el mal funcionamiento del servicio público sino también el no funcionamiento".
La defensa de las aseguradoras mantuvo que no guardaban conexión entre si las infracciones que se denunciaban y que bajo su punto de vista constituyen "una mezcolanza heterogénea no sólo carente de razonamiento sino con ausencia de relación alguna entre las citas hechas con las cuestiones debatidas". El Supremo considera que las empresas aseguradoras de capital alemán actuaban como subrogadas en los derechos de la propiedad del proyecto Hegra desarrollado en el observatorio. Por ello, solamente ellas podían reclamar válidamente en juicio la cantidad de 169.321.572 pesetas, quedando marginado cualquier exceso de esa cantidad que hubieran podido reembolsar a sus asegurados, al ser una cuestión que excede del ámbito de la responsabilidad patrimonial de la administración, por ser propia de la relación contractual que medie entre aquellos y las compañías aseguradoras.
El TS rechaza así el recurso de casación interpuesto por la representación de la Comunidad Autónoma contra la sentencia del 4 de diciembre del año 2007 dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que había sido interpuesto por las aseguradoras alemanas a las que se le reconoce también el derecho a percibir no sólo el millón de euros estipulado sino también los intereses. Impone unas costas de 2.000 euros a cada uno de los recurrentes como son la consejerías del Gobierno autónomo.