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EFE | BRUSELAS
La Justicia europea falló ayer que las vacaciones fiscales vascas -ayudas tributarias a nuevas empresas vigentes en el País Vasco en la década de los noventa-, son incompatibles con la legislación comunitaria y que, tal como ordenó la Comisión Europea (CE), debían ser devueltas por los beneficiarios.
De tal modo, el Tribunal de Primera Instancia de la Unión Europea (UE) dio la razón a la CE, que en 2001 anuló las citadas ayudas, y desestimó los recursos contra esa decisión presentados por las tres diputaciones provinciales vascas -autoras de las medidas- y la patronal Confebask.
Los jueces europeos están de acuerdo con la CE en que las ´vacaciones fiscales´-exenciones temporales del Impuesto sobre Sociedades y otras ventajas en el pago de ese tributo- constituyen ayudas de Estado prohibidas en el Tratado de la UE.
Se trataba, en concreto, de una exención del Impuesto sobre Sociedades durante los primeros diez años de vida de la empresa, créditos fiscales a la inversión del 45% y reducciones en la base imponible de ese tributo durante cinco años.
Las primeras medidas fueron aprobadas en 1993 y, ante las denuncias e investigaciones abiertas en Bruselas, fueron progresivamente canceladas, hasta desaparecer totalmente en 2000, tras acogerse a ellas unas 300 empresas, aunque el importe total de las ayudas concedidas no está claro.
Según las diputaciones, los fondos ya han sido devueltos, por lo que esta sentencia -que podrá ser recurrida, tal como ayer mismo anunciaron autoridades del País Vasco- no tendría consecuencias para los beneficiarios.
Sobre la exención en el Impuesto sobre Sociedades -a la que podían acogerse durante 10 años empresas de nueva creación con un capital mínimo de 120.202 euros, que hicieran inversiones de más 480.810 euros y crearan más de diez empleos-, la Corte rechaza que constituya una ayuda a la inversión o el empleo y la califica de ayuda de funcionamiento que la CE nunca la autorizó.
Respecto a las reducciones de la base imponible en el citado tributo y a los créditos a la inversión, los jueces también creen que suponían ayudas prohibidas, que podían afectar al comercio entre los Estados miembros y falsear la competencia y las califica de ventajas selectivas, pues sólo podían acogerse a ellas empresas que contaran con "considerables recursos", capaces de acometer "inversiones importantes" y generar "numerosos puestos de trabajo".
Al respecto el presidente de la Junta de Castilla y León, Juan Vicente Herrera, mostró su satisfacción por la sentencia "viene a corroborar una doctrina jurisdiccional europea muy consolidada y una posición de muchas comunidades autónomas que hemos echado mucho de menos que defendiera el actual Gobierno". de España".
Por su parte, el presidente de La Rioja, Pedro Sanz afirmó que ahora al Gobierno de España le corresponde garantizar el cumplimiento de estos fallos judiciales porque ratifican que son ayudas de Estado declaradas ilegales.
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