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EFE-LA OPINIÓN | BRUSELAS-SANTA CRUZ DE TENERIFE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) confirmó ayer que España viola la normativa comunitaria al aplicar un régimen distinto de tasas portuarias a Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, lo que supone una ventaja injustificada con respecto a desplazamientos hacia otros puntos de la Unión y del extranjero.
La Comisión Europea (CE) había denunciado ante el Tribunal de Luxemburgo que la legislación española permite ciertas bonificaciones y exenciones de las tasas portuarias que son contrarias al principio comunitario de libre prestación de servicios de transporte marítimo.
El Tribunal dio la razón ayer al Ejecutivo comunitario y además destacó que España no ha formulado en su defensa ningún argumento jurídico y se ha limitado a decir que está trabajando para adaptar su normativa a la de la UE.
En concreto, España ha señalado que está elaborando un proyecto de ley que debería aprobarse a principios de este año que derogará las disposiciones nacionales que no se adaptan a la ley comunitaria.
Según la normativa de la UE, la libre prestación de servicios de transporte marítimo -entre estados miembros y entre éstos y terceros países- debe aplicarse a los nacionales de un estado miembro con independencia de su lugar de residencia.
Asimismo, dispone que se respete este mismo principio para los ciudadanos comunitarios y las compañías navieras comunitarias establecidos fuera de la UE.
España, por el contrario, permite aplicar exenciones al pago de tasas portuarias entre puertos de un mismo archipiélago y prevé bonificaciones en este mismo supuesto, en trayectos que partan o lleguen a Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, y en el tráfico entre puertos de la Unión.
El Tribunal coincide con la CE en que mantener este régimen supone conceder una ventaja injustificada al tráfico marítimo interno frente al intracomunitario, así como al tráfico marítimo interno e intracomunitario frente al llevado a cabo entre un estado miembro y un país tercero.
También observa que esta distinción no responde a diferencias en los costes de los servicios portuarios sino que depende únicamente de los lugares de destino y origen de los buques.
A finales del pasado mes de mayo, los agentes sociales, políticos y empresariales de Canarias ya manifestaron que no tenían la intención de perder las bonificaciones de las tasas portuarias. Explicaron entonces que estas ayudas económicas suponían una ventaja que corría peligro debido a su exclusión del proyecto de ley de modificación de la Ley 48/2003, de Régimen Económico y Prestación de Servicios de los Puertos de interés general en su transposición a la ley europea de puertos.
Su eliminación supondría un encarecimiento de los costes del transporte marítimo y de la cesta de compra canaria, un riesgo que llevó incluso a Coalición Canaria (CC) a pedir una paralización de la tramitación de la ley, sin conseguirlo por culpa precisamente de la sentencia del Tribunal Europeo, que rechaza las bonificaciones de tarifas portuarias en las regiones ultraperiféricas, tal y como informó este periódico el pasado mes de mayo.
Esta decisión tomada en Luxemburgo contrasta con la posición de los diputados canarios en el Congreso y los senadores, que defienden en Madrid que las especificidades isleñas están selladas en el artículo 299.2 del Tratado de Amsterdam y piden unanimidad en las posiciones. En octubre del año pasado, la Cámara de Comercio de Santa Cruz de Tenerife informó que, según sus cálculos, las pérdidas económicas para Canarias podrían ascender a 50 millones de euros y el precio de las tasas portuarias podría encarecerse un 400%, si no se mantenían las bonificaciones portuarias.
También el ministro de Fomento, José Blanco, dijo en octubre que la nueva norma reconocería la situación ultraperiférica de Canarias y la situación especial de Baleares, Ceuta y Melilla.
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