La Cámara ´pasa´ de leyes que el Estatuto pide aprobar

Las normas son las referentes a la designación de los senadores autonómicos, el Estatuto de los municipios turísticos y la del funcionamiento de los cabildos

 

SOL RINCÓN BOROBIA | SANTA CRUZ DE TENERIFE
Hay leyes que el Parlamento de Canarias tendría que haber aprobado hace más de diez años. La referente al funcionamiento de los cabildos, la norma que desarrolla la designación de los senadores autonómicos y la relativa a los municipios turísticos llevan entre trece y catorce años esperando su turno.

El experto en análisis electorales y normativos Pedro Lasso resalta este retraso y se remite al Estatuto de autonomía para recordar algunos artículos que obligan a la elaboración de las dos primeras leyes citadas.

Así, la Ley Orgánica 4/1996 de 30 de diciembre de reforma de Estatuto de Autonomía de Canarias establece que la organización y el funcionamiento de los cabildos se debe regir por una ley.

A este respecto, Lasso indica que si existiera la norma se podrían haber resuelto "mil problemas", como la garantía de los recursos para mantener las competencias transferidas por el Gobierno regional.

"Los cabildos tienen doble personalidad jurídica", explica, "una como corporaciones locales y otra como comunidad autónoma".

En lo referente a su personalidad local, está regulada por la ley de régimen local. Sin embargo, en cuanto a su vertiente autonómica, debe desarrollarse a través de la norma que no se ha llegado a hacer.

En cuanto a la norma que debería regular la designación de los senadores, Pedro Lasso también asegura que podrían cambiar y concretar "muchas cosas", como los criterios de proporcionalidad.

El Estatuto de los municipios turísticos lleva 13 años esperando su aprobación. A punto estuvo de conseguirlo la pasada legislatura, pero finalmente decayó.

Marcial Morales, alcalde del Puerto del Rosario y responsable de la Comisión de Turismo de la Federación Canaria de Municipios (Fecam) mantuvo en octubre una reunión con la Mesa y los portavoces del Parlamento para tratar este tema. El edil aseguró que esta vez sí que se aprobará la ley y será antes de un año. Dicho estatuto debe elaborarse sobre unas bases, como que el dominio público de los municipios turísticos y los servicios públicos tendrán una orientación turística expresa. Asimismo, se deberán reconocer las medidas fiscales y de financiación que permitan la prestación de los servicios con la calidad suficiente, entre otras premisas.

Las determinaciones legales

artículo 23 del estatuto de autonomía. Canarias articula su organización territorial en siete islas.

2) Las islas gozan de autonomía plena para el ejercicio de los intereses propios. También gozarán de autonomía para el ejercicio de las competencias que se les atribuyan en el marco que establece la Constitución de España y su legislación específica.

3) Los Cabildos constituyen los órganos de Gobierno, administración y representación de cada isla. Su organización y funcionamiento se regirá por una ley aprobada por mayoría absoluta del Parlamento de Canarias en el marco de la Constitución.

Artículo 13 del estatuto de autonomía. Son funciones del Parlamento:

a) Ejercer la potestad legislativa de la comunidad autónoma.
b) Aprobar los presupuestos de la misma
c)Controlar políticamente la acción del Gobierno de Canarias.
c) Designar, de entre sus miembros y para cada legislatura del Parlamento de Canarias a los senadores representantes de la comunidad autónoma asegurando en todo caso la adecuada representación proporcional. La aceptación de su designación comportará la renuncia a su condición de diputado autonómico. Una ley del Parlamento de Canarias desarrollará lo dispuesto en este apartado.

Ley de ordenación del turismo. Esta norma establece que, de conformidad con lo previsto en la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local y en la ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, el Gobierno, a propuesta de la consejería competente, elaborará es seis meses a partir de la entrada en vigor de la presente ley un Estatuto de los municipios turísticos.

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